Folleto de SIPC
LA FUNCIÓN DE SIPC
La SIPC es la primera línea de defensa en el caso
de incumplimiento deque una firma de corretaje
no cumple de diberles a los clientes el efectivo y
los valores que falton de las cuentas de los
clientes. Aunque no se puede proteger a cada
inversionista que está protgida por la SIPC,
devuelve las inversiones a no menos de 99% de
personas que son elegibles. Desde su creación
por el Congreso en 1970 a diciembre de 2009, la
SIPC anticipó $1.2 miles de millones a fin de posibilitar la
recuperación de $108 billones en patrimonio
para aproximadamente 763,000 inversionistas.
Cuando se cierra un corretaje debido a quiebra
u otros problemas financieros y falta el patrimonio
de los clientes, la SIPC interviene tan pronto
como fuera posible y, dentro de ciertos límites,
trabaja para devolverle dinero, acciones y otros
valores que los clientes tuvieran en la empresa.
Sin la SIPC, los inversionistas en firmas de corretaje
con problemas financieros podrían perder
sus valores o dinero para siempre …o esperar
durante años mientras su patrimonio está
inmovilizado en la corte. Sin embargo, porque
no todos, y porque cada pérdida no es protegida
por la SIPC, es urgente que se lea, cuidadosamente,
este folleto entero para aprender sobre
los limites de proteccion.
LO QUE CUBRE SIPC… Y LO QUE NO CUBRE
La SIPC no es la FDIC. La Corporación para la Protección de
Inversionistas en Valores no ofrece a los inversionistas la misma
protección general que suministra la Corporación Federal de
Seguro de Depósitos a depositantes bancarios.
¿En qué se diferencian la SIPC y la FDIC? Cuando un banco
miembro no cumple, la FDIC asegura a todos los depositantes de
esa institución contra la pérdida hasta un cierto límite en dólares.
Según el enfoque de la FDIC no se hacen preguntas y tiene sentido
porque al mundo bancario “no le gustan los riesgos”. La mayoría
de los ahorristas coloca su dinero en cuentas bancarias aseguradas
por la FDIC porque no puede afrontar la pérdida del
dinero.
Es exactamente lo opuesto a la manera en que se comportan los
inversionistas en el mercado de acciones, en el cual las ganancias
son solo posibles con el riesgo. La mayoría de las pcrdidas en el
mercado son una parte normal de las alzas y las bajas del mundo
orientado a los riesgos de las inversiones. Esa es la razón por la
que la SIPC no rescata a inversionistas cuando el valor de sus
acciones, bonos u otras inversiones desciende por alguna razón.
En cambio, la SIPC reemplaza acciones y otros títulos que faltan
en la medida de lo posible...incluso cuando las inversiones han
aumentado en valor.
La SIPC no cubre a personas a quienes se les vende acciones y
otros títulos sin ningún valor. La SIPC ayuda a las personas cuyo
dinero, acciones y otros valores han sido objeto de robo por parte
de un corredor o se han sometido a riesgo con el incumplimiento
de un corretaje por otras razones.
DE QUÉ FORMA PRESTAMOS AYUDA
Lo que debe saber sobre SIPC
Comprender las reglas es esencial para protegerse
a usted …y su dinero.
- Cuándo entra en escena la SIPC. Cuando una firma de corretaje
no cumple, debiéndole a los clientes el efectivo y los valores
que faltan de las cuentas de los clientes, la SIPC generalmente
solicita a una corte federal que nomine a un síndico para
liquidar la firma y proteger a sus clientes. Con quiebras de firmas
de corretaje más pequeñas, la SIPC a veces trata directamente
con los clientes.
- Inversionistas elegibles para recibir ayuda de la SIPC. La
SIPC ayuda a la mayoría de los clientes de firmas de corretajes
en quiebra, cuando falta el patrimonio de las cuentas de los
clientes. (En la cuarta pregunta en la sección siguiente de este
folleto se incluye una lista de inversionistas elegibles.)
- Inversiones protegidas por la SIPC. La SIPC protege el efectivo
y los valores – como acciones y bonos – de un cliente en una
firma de corretaje con problemas financieros. Entre las inversiones
que no reúnen las condiciones para las protecciones de
la SIPC se incluyen contratos de futuros de productos básicos,
contratos con anualidades fijas y moneda, así como contratos de
inversiones (como sociedades en comandita simple) que no están
registradas ante la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados
Unidos bajo la Ley de Valores de 1933.
- Condiciones de la ayuda de la SIPC. A los clientes de firmas
de corretaje en quiebra se les devuelven todos los valores (como
acciones y bonos) que ya están registrados a su nombre o están en
el proceso de registrarse. Después de este primer paso, el patrimonio
restante de los clientes de la firma se divide por prorrateo con
fondos compartidos en proporción con el volumen de la reclamación.
Si no hay fondos suficientes disponibles en las cuentas de
los clientes de la firma para responder a todas las reclamaciones
dentro de estos límites, los fondos de reserva de la SIPC se utilizan
a fin de complementar la distribución, hasta un tope de
$500.000 por cliente, incluido un máximo de $100.000 para reclamaciones
de efectivo. Fondos adicionales pueden ponerse a disposición
para satisfacer el resto de las reclamaciones de los
clientes después de considerar el costo de la liquidación de la
firma de corretaje.
- Cómo funcionan las transferencias de cuentas. En una firma
de corretaje en quiebra con registros precisos, el síndico nominado
por la corte y la SIPC pueden disponer la transferencia de algunas
o de todas las cuentas de los clientes a otros
firma de corretaje. Los clientes cuyas cuentas se
transfieren reciben una notificación inmediatamente
y tienen la opción de permanecer con la
firma nueva o transferirse a otra firma de su
elección.
- Cómo se tasan las reclamaciones. En
general, cuando la SIPC solicita a un tribunal
que disponga la liquidación de una firma de
corretaje con dificultades financieras, se calcula
el valor financiero de la cuenta de un cliente a la
fecha de “presentación de la demanda”. Siempre
que fuera posible las acciones reales y otros valores
propiedad de un cliente se devuelven al
mismo. Para tal fin, se emplearán los fondos de
reserva de la SIPC, si fuera necesario, para comprar
valores de reemplazo (como acciones) en el
mercado abierto. Es siempre posible que cambios
en el mercado o fraude en la firma de corretaje
en quiebra (o en otra parte) hagan que los valores
devueltos hayan perdido parte de su valor –
o incluso todo el valor. En otros casos, el valor
de los títulos puede haber subido.
SIETE PREGUNTAS
que los inversionistas formulan con
mayor frecuencia
- ¿Cómo puedo estar seguro de que estoy tratando
con un miembro de la
SIPC? ¿Por qué es importante que así sea?
Busque estos mensajes: Miembro de la Corporación para la Protección
de Inversionistas en Valores
Estas palabras – o “Miembro de la SIPC” — se
incluyen en todos los carteles y las publicidades
de miembros de la SIPC. Si tiene alguna pregunta sobre si
una firma específica es miembro o no de la SIPC, puede llamar
al Departamento de Miembros de la SIPC al (202) 371-8300 o
visitarnos en la web en www.sipc.org.
¿Por qué la cuestión de membresía en la SIPC es relevante para
usted? La SIPC protege a los clientes de corredores-agentes
siempre que el corredor-agente sea miembro de la SIPC. No
obstante, si se concluye el registro de un miembro de la SIPC
ante la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos,
también se termina automáticamente la membresía del corredor-
agente en la SIPC. La SIPC pierde el poder de proteger a
clientes de miembros anteriores de la SIPC 180 días después de
que el corredor-agente deja de ser miembro. En general, la
SEC procurará evitar la conclusión del registro y la membresía
en la SIPC de un corredor-agente si la firma debe
valores o efectivo a los clientes. No obstante, la membresía
en la SIPC puede concluir si la Comisión
desconoce que la firma debe valores o efectivo a sus
clientes.
- ¿A qué debo estar atento antes de que ocurra un
problema?
Algunos miembros de la SIPC tienen filiales o compañías
relacionadas o personas que realizan negocios
financieros o de inversiones pero que no son miembros
de la SIPC. Algunas de estas filiales tienen nombres
similares al nombre del miembro de la SIPC, u
operan desde las mismas oficinas o con los mismos
empleados. Asegúrese de recibir confirmación por
escrito de cada transacción de valor en su cuenta con
el miembro de la SIPC y que cada declaración de confirmación y cada estado de cuenta sea emitido por
el miembro de la SIPC y no por una filial que no
es miembro de la SIPC. Los depósitos para créditos
en su cuenta de valores, por medio de cheques
o de otra manera, no deben ser pagaderos a su ejecutivo
de cuenta, representante registrado o a
cualquier otra persona, sino que generalmente solo a
su corredor-agente miembro de la SIPC o, si su cuenta
es llevada por otro miembro de la SIPC que ofrece
servicios de canje para su corredor-agente miembro
de la SIPC, entonces a ese otro miembro de la
SIPC. Si su cheque o depósito es pagadero a otra
persona que no es un corredor-agente miembro de
la SIPC (como el emisor de los títulos de los valores
que usted compra o a un agente de garantía bancaria) usted
debe tomar las medidas para garantizar que sus fondos se
apliquen correctamente.
También debe mantenerse alerta para garantizar que reciba
resúmenes periódicos de manera puntual. El incumplimiento en la
presentación de resúmenes puede indicar que un corredor-agente
ha quebrado. Si no recibe su resumen cuando debe y no recibe
una explicación satisfactoria, o si por cualquier otra razón cree
que su corredor-agente ya no opera en el mercado, debe comunicarse
inmediatamente con la oficina más cercana de la Comisión.
Si el corredor-agente deja de ser miembro de la SIPC mientras le
debe dinero y valores, debe notificar a la Comisión dentro del
período de 180 días.
- ¿Con qué rapidez se me devolverán mis inversiones?
La mayoría de los clientes pueden prever recibir su propiedad en
uno a tres meses. Cuando los registros de la
firma de corretaje son precisos, las entregas
de algunos valores y efectivo a los clientes
puede comenzar brevemente después de que
el síndico recibe los formularios de reclamación
completados de los clientes, o incluso
antes si el síndico puede transferir
cuentas de clientes a otro corredoragente.
Retrasos de varios meses generalmente
surgen cuando los registros de la
firma de corretaje en quiebra no son precisos.
Es también común que ocurran retrasos
cuando la firma en problemas o sus directores
participaron en el fraude.
- ¿Quién no reúne las condiciones para las protecciones de la SIPC?
La mayoría de los clientes con el efectino y los valores que falten de
los cuentas de los clientes reúnen las condiciones para recibir asistencia
de la SIPC. No obstante, los fondos de la SIPC no pueden utilizarse
para pagar reclamaciones de ningún cliente de firma de corretaje
que también es:
- Un socio, funcionario o director general de la firma.
- El propietario beneficiario de cinco por ciento o más de toda clase
de título de participación de la firma (además de ciertas acciones
preferentes no convertibles).
- Un socio comanditario con una participación de cinco por ciento o
más en el patrimonio neto o los utilidades netas de la firma.
- Alguien con autoridad para ejercer influencia de control sobre la
gerencia o las políticas de la firma.
- Un corredor, agente o banco que actúa en su nombre en lugar del
nombre de sus propios clientes.
- . ¿Dónde presento mi formulario de reclamación?
Si se dispone la liquidación de su firma de corretaje, el síndico nombrado
por la corte lo notificará y le enviará un formulario de reclamación
e instrucciones. Debe enviar el formulario completado al
síndico dentro de los límites de tiempo dispuestos en la notificación
y según se describe en las instrucciones. El incumplimiento puede
resultar en la pérdida de su reclamación total o parcial. Si se le notifica
que su cuenta de corretaje se ha transferido a otra firma, aun así
debe presentar un formulario de reclamación a fin de conservar su
derecho a corregir todo error que pudiera surgir durante la transferencia
de cuentas. Consulte el sitio en la web en www.sipc.org de la
SIPC para un paso-a-paso gurá para este proceso.
- ¿Hay un límite de tiempo para presentar las reclamaciones?
Sí. Hay dos plazos para la presentación de las reclamaciones de los
clientes:
Plazo del Tribunal. El tiempo establecido por el tribunal de la
quiebra para presentar las reclamaciones de los clientes es generalmente
60 días después de la fecha en que se publica la notificación
del procesamiento, pero puede ser un mínimo de 30 días después de
la fecha de publicación. El plazo se incluye en la notificación publicada,
cuya copia se envía por correo a los clientes conjuntamente con
formularios de reclamación e instrucciones que de manera prominente
muestran la fecha. Preste mucha atención a la fecha establecida
en la notificación y asegúrese de que el síndico reciba su reclamación
puntualmente.
Plazo de la Ley Federal. Si su formulario de reclamación completado
es recibido por el síndico después de la fecha establecida
por el tribunal de la quiebra pero antes de seis meses después de
la publicación de la notificación pública, la reclamación está sujeta
a procesamiento demorado y, posiblemente, pago limitado. El
plazo de seis meses es determinado por la ley federal que rige la
SIPC. El plazo federal prohibe absolutamente toda reclamación
que se reciba más de seis meses de la fecha de publicación. Salvo
lagunas excepciones muy estrechas, no hay posibilidad de que se
extienda el plazo más allá de la fecha establecida.
- ¿Tengo que presentar pruebas de que el corredor tiene una deuda
conmigo?
¿Cómo funciona?
Sí, generalmente, el efectivo y los valores que se le deben, se
describe en su forma de reclamacion. El sindico nominado por la
corte compara lo que se reclama contra el libro y registros de la
firma de corretaje. La SIPC y los síndicos nominados por la corte
consideran que los registros de la firma de corretaje son precisos.
Con frecuencia, toda su cuenta puede transferirse a otra firma de
corretaje para su beneficio incluso antes de que usted haya presentado
la reclamación. No obstante, en algunas instancias se
cometen errores en los registros de la firma de corretaje. En
raras ocasiones, estos errores muestran transacciones realizadas
sin su autorización. Debe conservar copias de las confirmaciones
comerciales así como copias del último resumen mensual o
trimestral de la cuenta de su firma de corretaje. Un síndico puede
solicitarle que provea copias de estos documentos. Si descubre
alguna vez un error en una confirmación o resumen, debe inmediatamente
mencionar el error de la firma de corretaje por escrito.
Mantenga una copia de toda declaración por escrito que envíe a la
firma de corretaje. Recuerde, si hay algún error en los registros
de su cuenta de la firma de corretaje, usted deberá probarlo o la
SIPC y el síndico considerarán que los registros de la firma son
exactos.
EVITAR EL FRAUDE EN LAS
INVERSIONES
Infórmese sobre el fraude en las inversiones… y dónde recurrir para obtener ayuda.
La SIPC insta a todos los inversionistas a comprender los riesgos
del fraude en las inversiones y dónde recurrir para obtener
ayuda si son víctimas de una estafa. Esa es la razón por la que
la SIPC trabaja con organismos fiscalizadores y de
reglamentación autónoma, grupos de consumidores y otras
partes interesadas para aumentar el conocimiento de los inversionistas
sobre estafas. Consulte las advertencias sobre fraude
en las inversiones en los siguientes sitios en la web:
Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos (U.S.
Securities and Exchange Commission)
www.www.sec.gov
FINRA (Financial Industry Regulatory Authority)
www.finra.org
Centro Nacional de Información sobre Fraudes (National
Fraud Information Center)
www.fraud.org
Fundación para la Protección de Inversionistas (Investor
Protection Trust)
www.investorprotection.org
Alianza para la Educación de Inversionistas (Alliance for
Investor Education)
www.investoreducation.org
El organismo de valores de su estado
www.nasaa.org
Securities Industry and Financial Markets Association
www.sifma.org
Fondo Canadiense para la Protección de Inversionistas
(Canadian Investor Protection Fund)
www.cipf.ca
Puede encontrar una lista de los mejores recursos
de información sobre fraude en las inversiones en
la web si visita el sitio de la SIPC en www.sipc.org,
y consulte “Protégese usted Contra Fraude.”
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